Código de conducta profesional

Toño Palacios y INVERSIA GLOBAL DIGITAL, S.L.U. asumen los siguientes compromisos deontológicos en el ejercicio de su actividad como intermediarios de crédito inmobiliario, derivados tanto de la normativa vigente (Ley 5/2019, Real Decreto 309/2019) como de su pertenencia a ANICI (Asociación Nacional de Intermediarios en Crédito Inmobiliario), de la que Toño Palacios es presidente.

1. Información veraz, completa y comprensible

Toda la información que se proporciona al cliente —oral, escrita o publicitaria— es veraz, completa, no engañosa y comprensible. No se utilizan letra pequeña ni construcciones lingüísticas diseñadas para confundir. Cuando un dato es estimado o depende de variables, se indica expresamente.

2. Independencia profesional

El intermediario no actúa en exclusiva para ninguna entidad financiera. Negocia simultáneamente con varias entidades para encontrar la mejor oferta para el cliente. No percibe comisiones ocultas ni vinculaciones por dirigir clientes a una entidad concreta.

3. Transparencia en los honorarios

Los honorarios se acuerdan por escrito antes del inicio del servicio y se publican en /tarifas-y-comisiones. No existen cargos ocultos, sobreprecios derivados de productos cruzados ni penalizaciones no pactadas.

4. Gestión de conflictos de interés

Cuando exista un eventual conflicto de interés —por relación previa con alguna entidad financiera, por percepción de incentivos comerciales o por cualquier otra circunstancia— el intermediario lo comunica al cliente por escrito antes de continuar con el servicio. En ningún caso se prioriza el interés del intermediario sobre el del cliente.

5. Confidencialidad

Toda la información del cliente —financiera, patrimonial, personal o profesional— está protegida por estricta confidencialidad. Sólo se comunica a terceros con autorización expresa del cliente (entidades financieras a las que se presenta el dossier) o cuando la ley lo exige (obligaciones tributarias, SEPBLAC).

6. Negativa a operaciones ilícitas

El intermediario rechaza expresamente cualquier operación que pueda implicar:

  • Blanqueo de capitales (Ley 10/2010 PBC).
  • Financiación del terrorismo.
  • Falseamiento de documentación o información al banco.
  • Operaciones con fondos cuyo origen no esté justificado.
  • Vehículos en jurisdicciones consideradas no cooperativas por la OCDE.

Si durante la operación se detectan indicios de cualquiera de estas circunstancias, el servicio se interrumpe inmediatamente y se comunica al SEPBLAC conforme a las obligaciones legales aplicables.

7. Diligencia debida

El intermediario aplica la diligencia debida exigida por la normativa de prevención del blanqueo de capitales: identificación del cliente, comprobación del origen de fondos, identificación del titular real cuando el cliente es una persona jurídica, y conservación de la documentación durante los plazos legales.

8. Formación continua

El intermediario mantiene la formación específica acreditada exigida por la Ley 5/2019 y la actualiza periódicamente para mantenerse al día sobre cambios normativos, condiciones de mercado y mejores prácticas profesionales.

9. Compromiso con la mejora del sector

Como presidente de ANICI, Toño Palacios asume un compromiso institucional adicional: representar al colectivo profesional ante las autoridades de supervisión, promover la profesionalización del sector y combatir el intrusismo de quienes ejercen sin estar registrados en Banco de España.

10. Aceptación de reclamaciones

Cualquier discrepancia, queja o reclamación se tramita conforme al procedimiento público en /reclamaciones, con plazos claros y respuesta motivada por escrito. La existencia de una reclamación no exime al prestador del deber de continuar prestando el servicio con la misma calidad profesional.

11. Atención humana

Más allá de las obligaciones normativas, el intermediario asume un compromiso de atención humana: el cliente no es un expediente, es una persona tomando una decisión financiera importante. Cada operación se trata con el cuidado que se tendría con la propia.

Última actualización: mayo de 2026. Este código de conducta se complementa con el código deontológico de ANICI ( anici.es) al que Toño Palacios está adherido como asociado fundador (ANICI-001) y presidente de la asociación.